sábado, 14 de septiembre de 2013

Titularidad para docentes a contrata



La Sala del  Senado de la República declaró finalmente admisible, en su sesión Nº 51 de 03/09/2013, el proyecto que renueva la Ley 19.648 de 1999, sobre acceso a la titularidad de los docentes a contrata en los establecimientos educacionales municipalizados, que anteriormente había sido aprobado por alta mayoría en la Cámara de Diputados.
Iniciado su trámite en el Senado, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, por estrecho margen (3 x 2), lo declaró inadmisible, con los votos de mayoría de los Senadores Carlos Larraín, Hernán Larraín y Alberto Espina, y con el voto minoritario favorable de los Senadores Soledad Alvear y Patricio Walker.
                Hoy, en un nuevo trámite tras ser repuesta la moción en Sala del Senado, con la votación negativa a la declaración de inadmisibilidad que diera la Comisión de  Constitución, Legislación y Justicia, por 27 votos en contra, 4 a favor y 3 pareos (ver detalle de votación), la Sala del Senado deja al Proyecto de Ley en condiciones de seguir su tramitación en la  Comisión de Educación, para llegar a ser Ley de la República, tan sentida por casi 38.000 profesores en el país, que podrán finalmente llegar a ser Titulares de sus horas, con lo que adquirirán el mínimo de estabilidad necesaria para desempeñarse con la tranquilidad y dignidad que merecen estos profesionales de la educación, tras años de sentirse postergados de contar con los mismos derechos del resto de los trabajadores del país.
¿Qué importancia tiene esta moción parlamentaria?
                Para dimensionarla en su justa medida, aclaremos algunos antecedentes:
Los profesores, de acuerdo a la Ley, acceden a desempeñarse en un establecimiento público por alguna de las siguientes dos vías:
1.       Mediante postulación a Concurso Público convocado por el Sostenedor (Municipalidad) y, hoy, en vigencia de la Ley 20.501, con participación de la Alta Dirección Pública. Quien gane el concurso accede a la Titularidad de las horas ofrecidas.



2.       En calidad “a contrata”: Mediante un acto administrativo de nombramiento, para prestar servicios transitorios, experimentales, optativos, especiales o de reemplazo; este nombramiento generalmente es de 1 año, terminando cada diciembre y dándole derecho a pago de sus vacaciones durante enero y febrero siguiente.

*  La Ley señala como tope máximo de horas a contrata el 20% de la dotación de docentes de una comuna, contemplando incluso multas a los municipios que excedan este porcentaje por parte de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación.

*  Lamentablemente, en la práctica estas disposiciones no se cumplen: la gran mayoría de los municipios del país tiene en calidad de contrata a más del 20% de sus profesores, siendo que la mayoría de ellos realiza labores docentes permanentes, es decir, que deberían ser sometidas a concurso para que se pueda acceder a su titularidad. Por otra parte, las multas no son cursadas, todo lo cual somete a los docentes a una situación de enorme inestabilidad e injusticia ya que, a pesar que lleven prestando servicios por varios períodos, cada fin de año constituye un motivo más de incertidumbre, al no saber si contarán nuevamente con su trabajo y al no poder acceder, por ejemplo, a antigüedad funcionaria, perfeccionamiento o no ser sujetos de crédito ante instituciones financieras para optar, por ejemplo, a un crédito de vivienda, entre otras situaciones de desmedro que constituyen abiertamente una discriminación social.
En dos ocasiones, la Ley ha pretendido dar alguna solución a este problema. El que se haya acogido a discusión nuevamente es una señal de la vigencia e importancia del problema. Lo que el Senado en su sesión de sala ha declarado admisible a tramitación hoy es que se renueve la Ley 19.648 del año 1999 con una pequeña modificación que, en su artículo único, señala:
“Concédase, por única vez, la calidad de titulares de la dotación docente dependiente de un mismo Municipio o Corporación Educacional Municipal, a los profesionales de la educación parvularia, básica o media que, a la fecha del 30 de Abril del 2013, se encontraren incorporados a ella en calidad de contratados y que se hayan desempeñado como tales en la misma durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos, por un mínimo de veinte horas cronológicas de trabajo semanal.''.
           
     La iniciativa de este proyecto de ley se originó en el Colegio de Profesores Regional Valparaíso y muy particularmente- como lo reconocieron en su intervención en la Sala dos Senadores- en Guido Reyes, Alfonso Godoy y Andrés Reyes.

     Como organización autónoma de interés público, CEPAD ha estado presente en este ya largo proceso legislativo, analizando las propuestas y comunicándose con los parlamentarios de la zona y los profesores, por lo que se hace el deber de informar a los docentes y a toda la comunidad de este importante paso en la tramitación de la Ley de Titularidad para los profesores del sector público de Los Andes y del país.
Luis González Reyes, Gabriela Fernández Montenegro, Francisco Rodríguez Arancibia
Por el Directorio CEPAD
03 de septiembre de 2013




VOTACIÓN DE LA SALA – SESIÓN 51 DEL 03/09/2013
4 VOTOS A FAVOR (ES DECIR, POR RATIFICAR LA INADMISIBILIDAD QUE PROPONÍA LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA):
 - Alberto Espina O.
- Hernán Larraín F.
- Jovino Novoa V.
- Jaime Orpis B.
27 VOTOS EN CONTRA (ES DECIR, PORQUE EL PROYECTO SEA CONSIDERADO ADMISIBLE Y CONTINÚE SU TRÁMITE LEGISLATIVO, entre ellos, los dos senadores de la 5ª Región Interior (*))

- Isabel Allende B.
- Soledad Alvear V.
- Carlos Bianchi C.
- Carlos Cantero O.
- Francisco Chahuán C.
- Camilo Escalona M.
- Eduardo Frei R.
- José García R.
- Guido Girardi L.
- Antonio Horvath K.
- Ricardo Lagos W.
- Pedro Muñoz A.
- Alejandro Navarro B.
- Lily Pérez S. (*)
- Víctor Pérez V.
- Jorge Pizarro S.
- Baldo Prokurica P.
-  Jaime Quintana L.
-  Ximena Rincón G.
- Fulvio Rossi C.
- Mariano Ruiz-Esquide J.
- Hosaín Sabag C.
- Eugenio Tuma Z.
- Gonzalo Uriarte H.
- Ignacio Walker P. (*)
- Patricio Walker P.
- Andrés Zaldívar L.

ABSTENCIONES: 0
PAREOS (ACUERDOS ENTRE LEGISLADORES DE DISTINTAS COALICIONES PARA NO VOTAR POR AUSENCIA U OTRAS RAZONES)
- José Antonio Gómez U.
- Carlos Ignacio Kuschel S.
- Juan Pablo Letelier M.







INTERVENCIONES DE LOS SENADORES EN LA SALA
Bajo la presidencia del senador Jorge Pizarro, en el debate del proyecto intervinieron 12 senadores que se manifestaron contrarios al informe de la instancia parlamentaria. He aquí una síntesis de los planteamientos de cada uno, de acuerdo a la documentación de la sesión:
1)      El senador Patricio Walker destacó que la iniciativa otorgará titularidad en el cargo a profesores contratados a plazo fijo por más de tres años, al sustituir la expresión “a la fecha de esta ley” por “al 30 de abril de 2013” y defendió la admisibilidad porque “la moción sólo introduce una enmienda a la ley y no crea nuevos empleos rentados, sino que simplemente cambia la situación jurídica de los profesores”.
2)      Visión similar es la que señaló el senador Fulvio Rossi quien, además, reclamó por “la situación de precariedad que viven los profes en Chile, lo que no mejora la situación de educación de nuestro país”, y agregó que le llama la atención el proponer la inadmisibilidad, “porque esta es una ley que rige desde 1999 y se originó en una moción parlamentaria”.
3)      La senadora Soledad Alvear, destacó que la iniciativa viene a renovar una ley vigente y argumentó que “estamos conscientes de los problemas de los municipios, pero esto va a subsanar la situación de profesores, aunque no mejora la situación de otras personas que viven el mismo drama; entonces, la observación de la Comisión de Constitución es que se aborde el tema en su globalidad”.
4)      “Aquí no se crean nuevos empleos, son empleos que existen”, sentenció el  senador Juan Pablo Letelier al respaldar la tramitación del proyecto y denunció que “hay una situación de ilegalidad, porque no debe haber más del 20% de personal a contrata en un estamento público y aquí hay una evidente discriminación”.
5)      Para el senador Camilo Escalona se propone modificar una ley de origen parlamentario, “en consecuencia, el tema de la admisibilidad ya está resuelto. Existe la situación de hecho y de derecho, por lo que a mi juicio no hay nada más que alegar, está claro en las páginas del informe de la Comisión”.
6)      “Los profes son los que mejoran la educación, sin ellos estamos condenados al fracaso”, enfatizó el senador Jaime Quintana, quien argumentó que “esta ley que queremos revivir no pasó por las comisiones de Hacienda, el Congreso asumió que esto no significaba gasto fiscal, por lo que si estas dudas se saldaron ¿por qué hoy debería ser distinto?”.
7)      El senador Francisco Chahuán coincidió con los argumentos presentados para la admisibilidad; “con el proyecto actual sólo se está regulando la entrada a la planta, adicionalmente no genera gasto, sino que ahorro, porque cada vez que se llama a concursos de contrata se incurre en gastos” y destacó la labor del Colegio de Profesores de la V Región, especialmente de los dirigentes Guido Reyes, Andrés Reyes y Alfonso Godoy para sacar adelante esta iniciativa, tal como lo hicieron antes con el Bono SAE.
8)      El senador Alejandro Navarro, en tanto, acentuó la coincidencia transversal de querer mejorar el sistema educacional y la situación de los educadores, pero criticó que “Chile ha implantado un modelo que está en crisis, lo ha dicho la OCDE y hay consenso en que se deben hacer modificaciones legales. La educación municipal está agotada y esta es una gran oportunidad de hacer por ley una reforma mucho mayor”.
9)       “Estamos frente a una demanda de un sector de trabajadores, pero creo que este es un mal endémico de todo el modelo que tenemos de la relación del Estado con sus trabajadores y de las empresas con sus trabajadores”, alertó el senador Eugenio Tuma y añadió que “si tuviéramos un código laboral que garantizara los derechos eficazmente y un Estado que asumiera sus responsabilidades no estaríamos discutiendo esto”.
10)   Para el senador Ricardo Lagos Weber, el proyecto es admisible, “pero el tema de fondo es otro, tenemos una situación en la que los alcaldes dice que no quieren que los profesores que están a contrata los deban incorporar a planta y la razón -que pueden ser muchas- son los recursos involucrados y tiene que ver con cómo está diseñado el sistema público”; además, llamó a actuar con coherencia y no “con populismo” en esta materia.
11)   La senadora Isabel Allende hizo presente que, a su juicio, en plena discusión de un proyecto, “cuando una Cámara aprueba la admisibilidad, me parece que el que la otra Cámara discuta la admisibilidad no es correcto” y coincidió con que “es impensable seguir manteniendo el sistema actual. Hay que tener una mirada de largo plazo”.
12)   En tanto, el senador José García Ruminot señaló que si los profesores se rigen por el estatuto docente y supletoriamente por el código del trabajo, “el contrato de plazo fijo se transforma en indefinido cuando se renueva por segunda vez”, por lo que se preguntó por qué no se ha hecho nada al respecto y agregó que frente a las dudas constitucionales “la decisión termina siendo política y todos los sectores siempre hemos reconocido que en la educación está la llave maestra para el ascenso social y sin los profes no es posible una educación de calidad”.
Los dos senadores por la 5ª Región Interior, Ignacio Walker (DC) y Lily Pérez (RN), si bien no intervinieron en el debate, se sumaron a la votación por la admisibilidad.
Quien representó en el debate a los cuatro legisladores que se pronunciaron por la inadmisibilidad del proyecto fue el senador Hernán Larraín, quien señaló: “A mi juicio, desde la perspectiva constitucional el proyecto es inadmisible, pero el asunto de fondo es también inadmisible” y reclamó por la situación de los profesores a contrata y llamó al Ejecutivo a resarcir el tema.
Por su parte, el senador Andrés Zaldívar -ante las críticas de constitucionalidad que manifestó el Ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, en representación del Ejecutivo-  hizo presente que es necesario que el Gobierno aclare si recurrirá al Tribunal Constitucional o si respaldará la iniciativa en la Comisión de Educación.


martes, 11 de junio de 2013



       Municipios y Desmunicipalización de la Educación
PARCIAL VARIANDO A NUBLADO

Luis González Reyes
Presidente Centro de Estudios Para Asuntos Docentes
CEPAD

En 1981 se iniciaba la llamada Municipalización de la Educación Fiscal. A ese y otros cambios estructurales –así por ejemplo la creación de las A.F.P.- se los denominó, por el gobierno de la época, “modernizaciones”. Como se diría en jerga vaticana, “aggiornamento”.

Las razones esgrimidas para dicho proceso fueron variopintas, siendo la principal de ellas el descentralizar el servicio educativo fiscal, asignándole dicha función a las municipalidades, para cuyo efecto se les traspasaba la administración de los colegios, dada la mayor cercanía de ellas con estos. Se creía, ¡¡Oh, los actos de fe!! que ello permitiría que los municipios pudiesen cautelar mejor tanto la estructura como las necesidades de los centros educativos y su entorno.
Se argüía, además, que mejoraría la calidad de la educación, esperándose ¡¡oh, los actos de esperanza!! que, con ello, los caminos de la educación fueran más eficientes y placenteros.

En lo principal, la municipalización trasladaba la función educativa del Estado hacia los individuos, sus familias y el mercado; en suma y resumen, finalizaba el Estado Docente y de Compromiso para ser sustituido por el Estado Subsidiario.

Ante ello, le Iglesia Católica, mediante el documento “El educador, servidor de la vida”, criticó el traspaso de los establecimientos públicos a las municipalidades y corporaciones, expresando que dicho proceso, “haría bajar la calidad de la educación y no evitaría el lucro”. Corría 1986 y, en ese mismo año se traspasaban los centros educativos de nuestra ciudad; los docentes –para oponerse a ese proceso- crearon el Frente de Defensa de la Educación Pública, organizaron protestas y marchas -contando incluso con la presencia del Obispo de Aconcagua, Manuel Camilo Vial Risopatrón- convocaron a un plebiscito, en el cual el 97% de los votantes se pronunció en contra de la municipalización. En esa lucha destacó la figura señera del Profesor Pedro Barrera Quezada.

Transcurridos ya 32 años del inicio de la municipalización, ante el altar de la educación han oficiado todo tipo de chamanes e ilusionistas. En este tiempo casi todo se ha modificado, se han creado normas, leyes e instituciones (la gran mayoría con sus respectivas siglas) tales como Ministerio de Educación (MINEDUC), JEC (Jornada Escolar Completa), Nuevo Currículum, Superintendencia de Educación (Supereduc), Agencia de Calidad, Evaluación de Desempeño Docente, SIMCE (Sistema de Medición de la Calidad Educativa), Consejos Escolares, Facultades Delegadas, Nuevas Prácticas Pedagógicas, AEP (Asignación de Excelencia Pedagógica)… algunas que se olvidan como Bono SAE, Ley de Calidad y Equidad de la Educación (propiciada por el Senador Ignacio Walker y Joaquín Lavín) –y que permite, entre otras medidas, que los Directores no sean Profesores- solo por mencionar algunas, dentro del frondoso pero no frutal árbol educativo. Lo único que permanece intocado y casi inalterable es, por una parte, la municipalización y, por otra, la crisis de equidad cuya manifestación es un sistema segmentado y discriminatorio, que además considera la educación solo desde el punto de vista de resultados cuantitativos, -olvidando entre otras cosas- que es un medio de inclusión social. Ello acontece –y no es porque la municipalización no haya sido criticada desde hace más de 25 años y, prácticamente desde su inicio que el Magisterio pide su anulación, dado que el Estado Subsidiario ha modificado los objetivos finales de la educación, pensándose e intencionando que basta capacitar a los jóvenes, adicionándoles “capital humano” enfocado solo al ámbito económico como mero productor y consumidor, para que seamos una fotocopia infeliz del Edén.
Todos los estudios, tal como los del Comité Asesor Presidencial de 1994 hasta el Panel de Expertos del 2011, han solicitado el cambio de la municipalización, ello no significa –como algunos lo distorsionan- que toda la Educación deba ser totalmente estatal. Eminentes académicos y líderes espirituales se han pronunciado en el mismo sentido, como el ex Rector de la Universidad de Chile, Luis Riveros, quien ha expresado que “es necesario revisar el proceso de municipalización, que ha dado malos resultados” (Revista Occidente Nº 424).

El Alcalde de Los Andes, Mauricio Navarro, en el diario La Tercera del 17 de julio de 2011, expresaba: “No me parece que los colegios sean de administración municipal, porque hay mucha desigualdad en las comunas”. Sin embargo, en Radio Biobío –y su correspondiente página web www.biobio.cl- el 25 de mayo de este año hablando, no se sabe si a nombre propio o de otros alcaldes, expresa: “La mayoría de los alcaldes concuerdan en potenciar el sistema y no optan por la desmunicipalización”. Es su derecho –si así ha sido- cambiar de opinión, después de todo nadie quiere perder poder, pero es necesario puntualizar que la municipalización es ilegítima en su origen, resultado de una imposición y no de un consenso; que no produjo los beneficios que prometió; que agudiza las desigualdades; que atomizó municipios sin capacidad de gestión en Educación; que, como muestra la experiencia internacional, el financiamiento subvencionando por alumno solo tiene un incentivo complementario, pero habiéndose garantizado antes un piso suficiente; pero, sobre todo, ha producido una educación que integra a los jóvenes solo al mundo laboral, lo que Martha Nussbaum llama la “lógica de la rentabilidad”.

Si se decide optar –como puede parecer legítimo- por continuar con la municipalización de la educación, no se diga después que los aportes municipales a ella impiden mayor “gasto” social de dichas instituciones. Reformar el sistema es como poner vino nuevo en odres viejos, lo que se requiere es cambiar estructural e integralmente el sistema educativo.


Luis González Reyes (*)
Presidente de CEPAD
Centro de Estudios Para Asuntos Docentes Los Andes
http://cepad.blogspot.com



(*) LUIS GONZÁLEZ REYES es Profesor de Historia y Geografía, ex Director A.F. y ex Inspector General del Liceo Maximiliano Salas Marchán de Los Andes, ex Director Instituto Agrícola Pascual Baburizza, ha sido miembro elegido democráticamente del Consejo Económico y Social de Calle Larga (hoy Consejo de Organizaciones Civiles), dos veces Presidente y dos veces Secretario Provincial del Colegio de Profesores, Tesorero de la Liga Protectora de Estudiantes, Vicepresidente de Cooperativa de Servicios Solidarios Regional Aconcagua, Presidente y fundador de CEPAD, galardonado como Andino Destacado por la Municipalidad de Los Andes en 2012, agudo escritor y orador, ha publicado infinidad de artículos, ensayos y discursos sobre educación, medio ambiente y otros temas en la prensa local y en numerosas reuniones, charlas y conferencias en distintas organizaciones.

domingo, 9 de junio de 2013

CONSTITUCIONES: MÁS QUE CUATRO PAREDES




Algunos de los precandidatos y precandidata presidencial, han manifestado su opinión, en el sentido de elaborar una nueva constitución, aduciendo razones en cuanto al origen y génesis de la actual Carta Fundamental, asimismo, su marcado sentido de privilegiar a sólo dos bloques políticos; su difícil, por no decir imposible reforma, y otros aspectos.  Algunos sectores políticos se oponen a una nueva constitución esgrimiendo, entre otros motivos, la estabilidad, en el sentido en  que ellos quieren entender dicho concepto.
La opinión y reflexión que hago –en torno al tema enunciado- no es de orden político,  y se trata más bien de un breve bosquejo pedagógico – docente, acerca de la forma, los procedimientos y qué actores han participado en la elaboración de las constituciones que han sido más duraderas en el tiempo. Al examinar con verosimilitud las fuentes históricas, se desprende que, en ninguna ocasión la ciudadanía, la civilidad, los movimientos sociales –como se diría hoy- han participado plenamente y más bien dichas constituciones –la de 1833, 1925 y 1980- fueron realizadas entre cuatro paredes y casi como una pintoresca tertulia entre amigos.
La Constitución de 1833, en su inicio tuvo como origen, sólo reformar la anterior, a saber la de 1828, para ello se creó una Gran Convención, integrada por dieciséis diputados, cuyos nombres fueron recomendados por el Presidente José J. Prieto al Congreso, se sumaba a ellos un grupo de veinte ciudadanos “de mucha probidad e ilustración” los que fueron nominados por el Ministerio. Entre dichos ciudadanos –y cito el dato como anecdótico- se destacaba Juan F. Meneses Echanes, personaje casi novelesco; primero realista, luego sacerdote y finalmente patriota, fue Secretario del Gobernador García Carrasco, Diputado por Aconcagua y Cura Párroco de Los Andes.
Como es posible deducir, de los treinta y seis ciudadanos que participaron en la elaboración de la Constitución, ninguno fue elegido “por los pueblos”, no existió, por tanto, ningún acto de soberanía popular, al revisar los nombres de los ciudadanos aludidos, todos ellos eran miembros de la élite política de la época.
La Constitución fue promulgada y jurada por las diversas autoridades, en las Capitales de Provincia los Gobernadores convocaron a las Fuerzas Armadas, los vecinos y el pueblo para presenciar la ceremonia de juramento. (F. Encina).
Dos sombras se proyectaron sobre la Constitución de 1833, la primera –como se ha probado- la ausencia absoluta de la gente común y corriente y en segundo término, la sombra del Ministro Diego Portales, el que en 1834 expresaba “A esa señora Constitución hay que violarla cuando las circunstancias sean extremas, y qué importa cuando la parvulita lo ha sido tanto por su inutilidad”.
A confesión de parte relevo de pruebas.
La Constitución de 1833 preveía un sistema para su reforma, sin respetar ese, se inicia en 1925 el estudio de una nueva carta, para ello mediante Decreto se nombra una Comisión Consultiva integrada por doscientas personas, cabe destacar que se nombra y no se elige, a su vez para obtener un traje a su medida, el Presidente Arturo Alessandri Palma presionó a la Subcomisión encargada de redactar la Carta, siendo esta sometida a plebiscito y pronunciándose la ciudadanía con una de las tres cédulas creadas para el efecto. En la votación el 52% no votó y se abstuvo, ¿Qué legitimidad de origen pudo tener dicha consulta, si la ciudadanía que no participó superaba a quienes sí lo hicieron?
Nuevamente –y como en 1833- el poder constituyente de la ciudadanía no fue convocado ni se expresó, aunque esto se pudo haber hecho incorporando a la Comisión Consultiva a personas que habían formado parte de la Asamblea Constituyente de Trabajadores e Intelectuales, que había sesionado en marzo de 1925.
La Constitución de 1980 deviene de una situación de fuerza, inexistencia y limitación de varias libertades públicas, sin Congreso ni partidos políticos, y censura de entidades gremiales. En su elaboración se obvió que el poder constituyente reside en el pueblo y la nación, siendo ese reemplazado por Comisiones cuyos miembros fueron nombrados por el Ejecutivo. Fue consultada la ciudadanía, mediante voto sin existir siquiera la garantía de Registros Electorales.
Ha sido débilmente modificada, la última vez con la firma del Ex Presidente Ricardo Lagos E., quien cometió un error histórico al expresar  en dicha oportunidad “que era una Constitución para el siglo XXI”.
Si debe existir una nueva Constitución, debiese incorporar elementos de multietnicidad, derechos y garantías de cuarta generación, mayores instancias de participación plena, abierta, es decir democrática. Una Constitución no cambia todo, podrá modificar –como indica Octavio Paz- el régimen político, pero no cambia el tipo de sociedad.
Si dicho cambio prosperara, debiese ir acompañada de medidas complementarias, destinadas a superar, entre otras cosas, una desigualdad inmoral y otras carencias estructurales en nuestro ordenamiento. Para ello tiene fundamento el llamamiento a una Asamblea Constituyente con participación dialogante y que exprese los distintos puntos de vista de una amplia ciudadanía.
Una nueva constitución no nos devolverá el Paraíso Perdido ni a una Edad de Oro ni tampoco a una Sociedad Perfecta, pero sí debiera ampliar el horizonte ciudadano desde una democracia que es sólo política a una democracia social.

                                                                                              Juliet C. Turner Araneda
                                                                                   Profesora de Historia y Geografía
                                                               Integrante Centro de Estudios Para Asuntos Docentes (CEPAD)