Algunos de los
precandidatos y precandidata presidencial, han manifestado su opinión, en el
sentido de elaborar una nueva constitución, aduciendo razones en cuanto al
origen y génesis de la actual Carta Fundamental, asimismo, su marcado sentido
de privilegiar a sólo dos bloques políticos; su difícil, por no decir imposible
reforma, y otros aspectos. Algunos
sectores políticos se oponen a una nueva constitución esgrimiendo, entre otros
motivos, la estabilidad, en el sentido en
que ellos quieren entender dicho concepto.
La opinión y
reflexión que hago –en torno al tema enunciado- no es de orden político, y se trata más bien de un breve bosquejo
pedagógico – docente, acerca de la forma, los procedimientos y qué actores han
participado en la elaboración de las constituciones que han sido más duraderas
en el tiempo. Al examinar con verosimilitud las fuentes históricas, se
desprende que, en ninguna ocasión la ciudadanía, la civilidad, los movimientos
sociales –como se diría hoy- han participado plenamente y más bien dichas
constituciones –la de 1833, 1925 y 1980- fueron realizadas entre cuatro paredes
y casi como una pintoresca tertulia entre amigos.
La Constitución
de 1833, en su inicio tuvo como origen, sólo reformar la anterior, a saber la
de 1828, para ello se creó una Gran Convención, integrada por dieciséis diputados, cuyos nombres fueron recomendados
por el Presidente José J. Prieto al Congreso, se sumaba a ellos un grupo de
veinte ciudadanos “de mucha probidad e ilustración” los que fueron nominados
por el Ministerio. Entre dichos ciudadanos –y cito el dato como anecdótico-
se destacaba Juan F. Meneses Echanes, personaje casi novelesco; primero
realista, luego sacerdote y finalmente patriota, fue Secretario del Gobernador
García Carrasco, Diputado por Aconcagua y Cura Párroco de Los Andes.
Como es posible
deducir, de los treinta y seis ciudadanos que participaron en la elaboración de
la Constitución, ninguno fue elegido “por los pueblos”, no existió, por tanto,
ningún acto de soberanía popular, al revisar los nombres de los ciudadanos
aludidos, todos ellos eran miembros de la élite política de la época.
La Constitución
fue promulgada y jurada por las diversas autoridades, en las Capitales de
Provincia los Gobernadores convocaron a las Fuerzas Armadas, los vecinos y el pueblo para presenciar la
ceremonia de juramento. (F. Encina).
Dos sombras se
proyectaron sobre la Constitución de 1833, la primera –como se ha probado- la
ausencia absoluta de la gente común y corriente y en segundo término, la sombra
del Ministro Diego Portales, el que en 1834 expresaba “A esa señora
Constitución hay que violarla cuando las circunstancias sean extremas, y qué
importa cuando la parvulita lo ha sido tanto por su inutilidad”.
A confesión de
parte relevo de pruebas.
La Constitución
de 1833 preveía un sistema para su reforma, sin respetar ese, se inicia en 1925
el estudio de una nueva carta, para ello mediante
Decreto se nombra una Comisión Consultiva integrada por doscientas personas,
cabe destacar que se nombra y no se
elige, a su vez para obtener un traje a su medida, el Presidente Arturo
Alessandri Palma presionó a la Subcomisión encargada de redactar la Carta, siendo
esta sometida a plebiscito y pronunciándose la ciudadanía con una de las tres
cédulas creadas para el efecto. En la
votación el 52% no votó y se abstuvo, ¿Qué legitimidad de origen pudo tener
dicha consulta, si la ciudadanía que no participó superaba a quienes sí lo
hicieron?
Nuevamente –y
como en 1833- el poder constituyente de la ciudadanía no fue convocado ni se
expresó, aunque esto se pudo haber hecho incorporando a la Comisión Consultiva
a personas que habían formado parte de la Asamblea Constituyente de
Trabajadores e Intelectuales, que había sesionado en marzo de 1925.
La Constitución
de 1980 deviene de una situación de fuerza, inexistencia y limitación de varias
libertades públicas, sin Congreso ni partidos políticos, y censura de entidades
gremiales. En su elaboración se obvió que el poder constituyente reside en el
pueblo y la nación, siendo ese
reemplazado por Comisiones cuyos miembros fueron nombrados por el Ejecutivo. Fue
consultada la ciudadanía, mediante voto sin existir siquiera la garantía de
Registros Electorales.
Ha sido
débilmente modificada, la última vez con la firma del Ex Presidente Ricardo
Lagos E., quien cometió un error histórico al expresar en dicha oportunidad “que era una
Constitución para el siglo XXI”.
Si debe existir
una nueva Constitución, debiese incorporar elementos de multietnicidad,
derechos y garantías de cuarta generación, mayores instancias de participación
plena, abierta, es decir democrática. Una Constitución no cambia todo, podrá
modificar –como indica Octavio Paz- el régimen político, pero no cambia el tipo
de sociedad.
Si dicho cambio
prosperara, debiese ir acompañada de medidas complementarias, destinadas a
superar, entre otras cosas, una desigualdad inmoral y otras carencias
estructurales en nuestro ordenamiento. Para ello tiene fundamento el
llamamiento a una Asamblea Constituyente con participación dialogante y que
exprese los distintos puntos de vista de una amplia ciudadanía.
Una nueva
constitución no nos devolverá el Paraíso Perdido ni a una Edad de Oro ni tampoco
a una Sociedad Perfecta, pero sí debiera ampliar el horizonte ciudadano desde una democracia que es sólo política a
una democracia social.
Juliet
C. Turner Araneda
Profesora de Historia y Geografía
Integrante Centro de Estudios Para
Asuntos Docentes (CEPAD)
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